Other Agencies and Organizations, Federal Emergency Management Agency  


  • AVISO PÚBLICO

    Por este medio, la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) avisa al público su intención de rembolsar a los solicitantes elegibles los gastos elegibles de reparación y/o remplazo de instalaciones dañadas por las Severas Tormentas, Inundaciones, Tornados y Vientos Directos ocurridos durante el periodo del 26 de marzo al 5 de mayo de 2009. Este aviso aplica a los programas de Asistencia Pública (PA, por sus siglas en inglés), Asistencia Individual (IA, por sus siglas en inglés) y de Subvención para Mitigación de Riesgos (HMGP, por sus siglas en inglés) implantados según autoriza la Ley Robert T. Stafford de Ayuda por Desastre y Asistencia en Emergencias, 42 U.S.C. §§ 5121-5207.

    Bajo una declaración de desastre mayor (FEMA-1831-DR-FL) firmada por el presidente el 21 de abril de 2009, los siguientes condados fueron designados elegibles para PA: Bay, Calhoun, Escambia, Franklin, Gadsden, Gulf, Hamilton, Holmes, Jackson, Jefferson, Leon, Liberty, Madison, Okaloosa, Santa Rosa, Wakulla, Walton y Washington. Podrían designarse condados adicionales en una fecha futura. Todos los condados del estado de la Florida son elegibles para HMGP.

    Este aviso público concierne las actividades que podrían afectar propiedades históricas, actividades ubicadas en humedales o el valle aluvial de 100 años, o que los afecten, y las acciones críticas dentro del valle aluvial de 500 años. Estas actividades podrían afectar adversamente propiedad histórica, valles aluviales o humedales, o podrían resultar en vulnerabilidad continua a daños por inundación.

    Las Órdenes Presidenciales Ejecutivas 11988 y 11990 requieren que todas las acciones federales en el valle aluvial o en los humedales, o que los afecten, sean revisadas para oportunidades de reubicar, y evaluar las consideraciones sociales, económicas, históricas, ambientales, legales y de seguridad. Cuando no haya oportunidad de reubicación, FEMA tiene como requisito realizar una revisión detallada para determinar las medidas que pueden tomarse para minimizar daños futuros. Se invita al público a participar en el proceso de identificar alternativas y analizar sus impactos.

    FEMA ha determinado que, para ciertos tipos de instalaciones, la mejor alternativa es la restauración en el valle aluvial/humedal. Éstas son instalaciones que cumplen con todo lo siguiente: 1) el estimado de costos de FEMA para las reparaciones es menos del 50% del costo de remplazar la instalación completa, y menos de $100,000; 2) la instalación no está ubicada en un área propensa a inundación; 3) la instalación no ha sufrido daños estructurales serios en un desastre o emergencia anterior de inundación declarada por el presidente y 4) la instalación no es crítica (p. ej., la instalación no es un hospital, planta generatriz, centro de operación en emergencias o instalación que contenga materiales peligrosos). FEMA pretende proveer asistencia para la restauración de estas instalaciones a su condición previa al desastre, excepto para ciertas medidas para mitigar los efectos de inundaciones futuras u otros peligros que podrían incluirse en el trabajo. Por ejemplo, la restauración de un puente o alcantarilla puede incluir una apertura más grande de la vía fluvial para reducir el riesgo de futura erosión del suelo por inundación.

    Éste será el único aviso público que se proveerá para las actividades de rutina. Otras actividades y las que involucran instalaciones que no cumplan con los cuatro criterios tienen que pasar por una revisión más detallada, que incluya el estudio de ubicaciones alternas. Se publicarán avisos públicos subsiguientes para dichos proyectos, de ser necesario, y según aparezca información más específica.

    En muchos casos, es posible que un solicitante comience la restauración de una instalación antes de que el gobierno federal se involucre. Aunque la instalación tenga que pasar por una revisión detallada y un análisis de ubicación alterna, FEMA proveerá los fondos por la restauración elegible en la ubicación original si la instalación depende funcionalmente de su ubicación en el valle aluvial (p. ej., puentes e instalaciones de control de inundaciones), o el proyecto facilita el uso de un espacio abierto, o la instalación es parte integral de una red mayor que no resulta práctico o económico reubicar, como una carretera. En estos casos, FEMA también tiene que examinar los posibles efectos de no restaurar la instalación, minimizar el impacto a valles aluviales / humedales y determinar que la necesidad pública primordial de la instalación claramente sobrepasa los requisitos de la Orden Ejecutiva para evitar el valle aluvial /humedal, y que el sitio es la única alternativa practicable. Funcionarios del estado de Florida y locales confirmarán a FEMA que las acciones propuestas cumplirán con todos los requisitos aplicables estatales y locales de manejo de valles aluviales y de protección de humedales.

    FEMA pretende proveer fondos para HMGP al estado de Florida para mitigar daños por desastres futuros. Estos proyectos pueden incluir construcción de instalaciones nuevas que sobrepasen los requisitos de codificación, modificación de instalaciones existentes sin daños, reubicación de instalaciones a lugares fuera de los valles aluviales, demolición de estructuras u otros tipos de proyectos para mitigar daños por desastres futuros. En el transcurso del desarrollo de propuestas de proyectos, se publicarán avisos públicos subsiguientes de ser necesario, según aparezca información más específica.

    La Ley Nacional de Conservación Histórica requiere que las agencias federales tomen en consideración los efectos de sus acciones en propiedades históricas. Esas acciones o actividades que afectan edificios, estructuras, distritos u objetos de más de 50 años o que afectan sitios arqueológicos o terrenos sin perturbar requerirán mayor revisión para determinar si la propiedad es elegible para aparecer en el Registro Nacional de Lugares Históricos (Registro). Si se determina que la propiedad es elegible para estar en el Registro, y las acciones de FEMA la afectarán adversamente, FEMA proveerá avisos públicos adicionales. Éste será el único aviso público para las propiedades históricas que no se verán afectadas adversamente por las acciones de FEMA.

    Según mencionado, éste será el único aviso público relacionado con las acciones antes descritas bajo los programas de PA, IA y HMGP. Las personas interesadas en obtener información sobre estas acciones o un proyecto en particular pueden escribir a: Federal Emergency Management Agency, Joint Field Office, 2728 Centerview Drive, Tallahassee, Florida 32301, o llamar al (850)309-8601. Los comentarios deben enviarse por escrito a Jeffrey Bryant, Federal Coordinating Officer, a la dirección anterior en un periodo de 15 d días después de la fecha de este aviso.

     

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